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Ley de la Dependencia

Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia

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Tríptico informativo de la Junta de Andalucía
Preguntas y Respuestas básicas sobre la Ley de la Dependencia
Página temática de la Junta de Andalucía

Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia
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Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
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Impreso de solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia

¿Quién puede solicitarlo

Personas afectadas por algún grado de dependencia, que residan en territorio español y que lo hayan hecho durante cinco años, dos de ellos inmediatamente anteriores a la solicitud.

El procedimiento podrá iniciarse a instancia de las personas que pudiesen estar afectadas por algún grado de dependencia o de quien ostente su representación.

¿Cómo solicitarlo?

Entregando el impreso de solicitud en el registro de entrada del Edificio principal del Ayuntamiento (c/ Capitulares) o en cualquiera de los Centro Cívicos.

¿Qué documentos debe aportar junto con la solicitud?

a) Documento acreditativo de la identidad de la persona interesada o, en su caso, de su representante.

b) En su caso, documento acreditativo de la representación.

c) Documento acreditativo de la residencia: No tendrá que ser aportado por el/la solicitante, sino que será expedido por el Ayuntamiento

Oficina o Unidad que lo tramita

Centro de Servicios Sociales Comunitarios que le corresponda por domicilio de residencia

Más información

Centros de Servicios Sociales Comunitarios
Junta de Andalucía: 902 166 170
Ministerio de Trabajo: 900 406 080

Para consultar la legislación sobre el sistema para la autonomía y atención a la dependencia, visite la sección "Normativa"

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Algunas imágenes que aparecen en esta página se expusieron en la Bienal de Fotografía de Córdoba 1999